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Eliminan costo al registro de transporte de carga pesada en Monterrey

Ahora las empresas del transporte y las personas físicas solamente deberán asegurarse de tener su registro vigente para circular por la ciudad. Se habilitó el registro en línea, evitando filas y asistencia a las oficinas municipales

Monterrey es el primer municipio del Área Metropolitana que ya no cobra el permiso de circulación de vehículo de transporte de carga pesada en vías limitadas y/o restringidas.
Recientemente entró en vigencia la reforma al Reglamento de Tránsito y Vialidad de esta ciudad, el cual permite que transportistas se registren totalmente en línea y sin costo en el Módulo Digital, para circular por el interior de esta capital.
El registro se realiza en la página de internet modulodigital.monterrey.gob.mx, donde debe presentar la siguiente documentación:
● Solicitud en línea expresando nombre completo del solicitante, RFC, domicilio, fecha de solicitud, ruta de circulación, vía de circulación de ingreso y vía de circulación de salida, así como el número de matrícula del vehículo, marca, año (modelo), capacidad de carga, tipo de carga, ejes, tipo, clase, largo, alto y ancho.
● Factura o contrato de arrendamiento que acredite la propiedad o posesión legal del vehículo;
● Tarjeta de circulación;
● Póliza de seguro responsabilidad civil por daños a terceros;
● Licencia de conducir acorde con el vehículo;
● Permiso o licencia de construcción en su caso.
Las personas morales deberán contar con:
● Acta constitutiva (El acta deberá estar inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio)
● En caso de construcción y requerir circular con un vehículo de carga pesada: Licencia de construcción, expedida por la Secretaría de Desarrollo Urbano Sostenible
El Registro ahora tendrá una vigencia de un año, en lugar de los 30 días que tenía como plazo el permiso anterior.
Aunque el trámite no tiene costo, aún es obligatorio cumplir con los requisitos y documentación para obtener el registro, de otro modo, las empresas transportistas podrán ser acreedoras a las mismas multas y restricciones vigentes en el Reglamento.